TJUE delimita responsabilidad estatal por decisiones judiciales contrarias al Derecho Europeo

07/09/2026

El TJUE delimita la responsabilidad judicial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha precisado cuándo un particular puede reclamar una indemnización al Estado por una resolución judicial contraria al Derecho de la Unión. Las sentencias dictadas en los asuntos C-163/24 y C-293/24 aclaran, especialmente, el alcance del incumplimiento de la obligación de los órganos jurisdiccionales nacionales de última instancia de plantear una cuestión prejudicial.

Tres requisitos para reclamar

El TJUE recuerda que la responsabilidad de un Estado miembro por una infracción del Derecho de la Unión exige el cumplimiento de tres requisitos acumulativos. La norma infringida debe estar destinada a conferir derechos a los particulares, la infracción debe ser suficientemente caracterizada y debe existir una relación de causalidad directa entre el incumplimiento y el daño sufrido.

Estos criterios también resultan aplicables cuando la infracción procede de un órgano jurisdiccional nacional cuyas decisiones no pueden ser recurridas mediante otro recurso judicial interno.

La obligación de plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE constituye un elemento relevante, pero su incumplimiento no permite por sí solo obtener una indemnización. El Tribunal establece que debe concurrir además la vulneración de otra norma del Derecho de la Unión que tenga por finalidad conferir derechos a los particulares.

Una cuestión sobre ayudas agrícolas

El asunto C-163/24 tiene su origen en la solicitud presentada por un agricultor rumano en 2007 para obtener ayudas agrícolas correspondientes a 264,71 hectáreas. Tras un control, las autoridades determinaron que únicamente 180,62 hectáreas eran subvencionables y rechazaron la solicitud.

Tras varios recursos, el Tribunal de Apelación de Bucarest se negó en 2012 a plantear una cuestión prejudicial sobre la interpretación de la normativa europea aplicable. El agricultor inició posteriormente una acción de responsabilidad contra Rumanía.

El TJUE considera que el incumplimiento de la obligación de remisión prejudicial no era suficiente en este caso. La disposición controvertida perseguía proteger los intereses financieros de la Unión, pero no estaba destinada a conferir derechos al agricultor. Por ello, no se cumplía el primer requisito exigido para generar responsabilidad estatal.

El caso de los trabajadores de Air Atlantis

La situación fue diferente en el asunto C-293/24, relativo a antiguos trabajadores de Air Atlantis. Tras la disolución de la compañía, los trabajadores sostenían que parte de sus actividades habían sido asumidas por Transportes Aéreos Portugueses (TAP), lo que podía constituir una transmisión de empresa protegida por la normativa europea.

En 2009, el Tribunal Supremo portugués rechazó sus pretensiones sin plantear una cuestión prejudicial. En 2015, el TJUE declaró que sí se había producido una transmisión de empresa y que el Tribunal Supremo debería haber planteado la cuestión.

Una infracción judicial potencialmente grave

Para valorar si la actuación del Tribunal Supremo portugués constituyó una infracción suficientemente caracterizada, el TJUE destaca tres elementos. La solución de 2009 ya se apartaba de la jurisprudencia anterior; el tribunal se separó de esas indicaciones sin acudir al TJUE pese a su obligación de hacerlo, y además conocía que la cuestión interpretativa estaba siendo examinada en un procedimiento prejudicial pendiente.

Estos elementos apuntan a la existencia de una infracción suficientemente caracterizada. No obstante, corresponde al órgano jurisdiccional nacional comprobarlo definitivamente y determinar si existe una relación causal entre la infracción y los daños reclamados.