Audiencia Nacional aclara alcance del permiso por hospitalización y alta médica
Permiso por hospitalización y alta médica
Alcance del conflicto colectivo
La Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que resuelve un conflicto colectivo relativo a la interpretación del permiso retribuido por hospitalización o enfermedad grave previsto en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores. La controversia enfrentaba a la representación sindical y a una empresa del sector industrial sobre el alcance temporal de este derecho.
La parte demandante sostenía que el permiso debía extenderse hasta la efectiva recuperación del familiar, mientras que la empresa defendía que su duración quedaba limitada al periodo de hospitalización o al reposo inicialmente pautado.
Continuidad del permiso tras el alta hospitalaria
La Sala estima parcialmente la demanda y declara el derecho de las personas trabajadoras a continuar disfrutando del permiso mientras no se haya producido el alta médica del familiar.
El tribunal fundamenta esta decisión en la interpretación finalista del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores, así como en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. En particular, destaca que el alta hospitalaria no implica necesariamente la finalización de la situación que justifica el permiso, dado que es frecuente que subsistan necesidades de cuidado en el domicilio.
De este modo, la resolución refuerza el carácter protector del permiso, vinculándolo no únicamente al ingreso hospitalario, sino a la persistencia de la situación clínica que requiere atención.
Límites al inicio del permiso
No obstante, la Audiencia Nacional rechaza la posibilidad de iniciar el permiso una vez producida el alta hospitalaria, incluso si continúan los cuidados en el domicilio.
La Sala entiende que el permiso está ligado a un hecho causante concreto —la hospitalización o situación equiparable— y que no cabe su reconocimiento autónomo en un momento posterior desvinculado de dicho hecho. Admitir esta opción implicaría, según el tribunal, introducir un supuesto no previsto en la normativa vigente.