La CNMC sanciona a Repsol por abuso de posición dominante
Antecedentes del expediente sancionador
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 20,5 millones de euros a varias sociedades del Grupo Repsol por haber incurrido en una práctica de estrechamiento de márgenes en el mercado de combustibles de automoción. La conducta tuvo lugar entre abril y diciembre de 2022, coincidiendo con el fuerte incremento de los precios de los carburantes derivado del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania.
Posición de dominio en el mercado mayorista
Durante el periodo analizado, Repsol ostentaba una posición de dominio en el mercado mayorista nacional de suministro de combustibles a estaciones de servicio, lo que le imponía una obligación reforzada de no distorsionar la competencia. Esta especial responsabilidad deriva del artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Estrategia comercial cuestionada
La CNMC ha considerado probado que Repsol incrementó de forma generalizada el precio mayorista del Gasóleo A (GOA) vendido a estaciones de servicio independientes, al tiempo que aplicaba descuentos adicionales en su red minorista para clientes profesionales, especialmente transportistas. Esta combinación redujo de manera significativa el margen comercial de las estaciones rivales, impidiéndoles competir en condiciones normales de mercado.
Efectos sobre la competencia
Como consecuencia de esta práctica, diversas estaciones de servicio independientes, en particular las de bajo coste, vieron reducido drásticamente su volumen de ventas, mientras que Repsol incrementaba su cuota de mercado. La CNMC subraya la especial gravedad de la conducta, dado el papel dinamizador que estas estaciones desempeñan en zonas estratégicas de transporte.
Sanción y prohibición de contratar
La resolución califica los hechos como una infracción muy grave del artículo 62.4.b) LDC. Además de la multa económica, se impone a determinadas sociedades del grupo la prohibición de participar en licitaciones públicas para el suministro de GOA durante seis meses. La decisión es recurrible ante la Audiencia Nacional.