La DGT aprueba medidas de regulación del tráfico para 2026
La DGT fija las restricciones de tráfico para 2026
Aprobación de las medidas especiales
La Dirección General de Tráfico ha aprobado la Resolución de 14 de enero de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado, por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico aplicables durante todo el año 2026. La norma se dicta con el objetivo de reforzar la seguridad vial y garantizar la fluidez de la circulación en los periodos de mayor intensidad de desplazamientos, especialmente en fechas asociadas a operaciones especiales y eventos de gran afluencia.
La resolución encuentra su fundamento jurídico en los artículos 5, 12 y 18 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, así como en diversas disposiciones del Reglamento General de Circulación y del Reglamento General de Vehículos.
Restricciones a eventos y pruebas deportivas
Uno de los ejes centrales de la norma es la limitación a la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos que puedan afectar a la seguridad o a la fluidez del tráfico. Con carácter general, no se autorizarán este tipo de actividades en las fechas y tramos recogidos en los anexos de la resolución, salvo determinadas excepciones vinculadas a competiciones oficiales de ámbito internacional, nacional o autonómico. Estas excepciones quedan supeditadas a la garantía efectiva de la seguridad vial y a la mínima alteración de los desplazamientos previstos.
Limitaciones a vehículos de mercancías
La resolución establece restricciones específicas para los vehículos de transporte de mercancías, especialmente aquellos cuya masa máxima autorizada supere los 7.500 kilogramos. Se fijan prohibiciones por calendario, tramos de vía e itinerarios, con un régimen particular para el transporte de mercancías peligrosas conforme al Acuerdo ADR. No obstante, se contemplan exenciones relevantes, como el transporte de mercancías perecederas, ganado vivo, servicios de auxilio en carretera o situaciones de emergencia, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas.
Carriles reservados y medidas excepcionales
Asimismo, la DGT regula el uso de carriles reservados para vehículos de alta ocupación (VAO) y para el transporte público de viajeros, delimitando los tipos de vehículos autorizados y las condiciones de utilización. La resolución también prevé la adopción de medidas excepcionales ante fenómenos meteorológicos adversos, elevada concentración de vehículos o tramos con alta siniestralidad, incluyendo la prohibición temporal de adelantamientos o la habilitación de carriles en sentido contrario.
Régimen sancionador y vigencia
El incumplimiento de las medidas será sancionado conforme a la legislación vigente en materia de tráfico. La resolución entrará en vigor a los ocho días hábiles de su publicación y mantendrá su vigencia durante todo el año 2026, hasta la aprobación de la normativa correspondiente al ejercicio siguiente.