Una modalidad de pago puede ser oferta promocional según el TJUE

19/05/2025

El TJUE amplía el concepto de promoción. Asunto C‑100/24.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto que la simple mención de una modalidad de pago como la “compra a cuenta” puede constituir una oferta promocional conforme al artículo 6, letra c), de la Directiva 2000/31/CE, si dicha modalidad implica una ventaja objetiva y cierta para el consumidor. Esta interpretación se dio en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof, en el contexto de un litigio entre la empresa bonprix y una asociación alemana de consumidores.

Qué entendemos por “oferta promocional”

Según la Directiva, las ofertas promocionales —como descuentos o regalos— deben estar claramente identificadas e ir acompañadas de condiciones claras. Sin embargo, el TJUE aclara que este listado es meramente ejemplificativo. Cualquier beneficio objetivo que pueda influir en la decisión de compra del consumidor entra dentro de esta categoría, aunque su valor económico sea reducido.

La ventaja del aplazamiento de pago

En este caso, el TJUE reconoce que permitir pagar después de recibir el producto ofrece al consumidor varias ventajas: disponer más tiempo del importe, evitar adelantar el pago si se ejerce el derecho de desistimiento, y mayor seguridad al no facilitar datos bancarios de forma inmediata. Estas características hacen que el consumidor pueda inclinarse por esta modalidad, lo que activa la aplicación del régimen informativo previsto en la Directiva.

Nuevas obligaciones para el comerciante digital

El fallo implica que cualquier empresa que incluya este tipo de fórmulas en su publicidad deberá informar de forma accesible, clara e inequívoca desde el primer momento sobre las condiciones para acceder a la promoción, como la necesidad de una evaluación previa de solvencia.

Conclusión: refuerzo de la transparencia comercial

Esta sentencia tiene efectos prácticos para el comercio electrónico. Las empresas deberán revisar sus mensajes publicitarios para verificar si implican ventajas que activen las obligaciones de información previstas por la normativa europea. Para los consumidores, supone una mejora en la transparencia desde la fase inicial del proceso de compra en línea.