El Tribunal Supremo y la competencia territorial en el sector transporte

17/02/2025

El Tribunal Supremo ha resuelto una controversia sobre la competencia territorial en demandas por despido en el sector del transporte. En este caso, un conductor con base en Alicante interpuso su demanda en los Juzgados de lo Social de Castellón, argumentando que realizaba desplazamientos constantes por distintas provincias. Basó su pretensión en el artículo 10.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS), que permite a los trabajadores demandar en el fuero de su domicilio cuando prestan servicios en varias circunscripciones territoriales.

Planteamiento del problema: ¿dónde debe demandar un transportista?

El punto clave del litigio era determinar si los desplazamientos propios de la actividad de un conductor son suficientes para considerar que presta servicios en distintas circunscripciones. De ser así, podría demandar en Castellón, donde tenía su domicilio.

Por su parte, la empresa demandada se opuso, alegando que el verdadero centro de trabajo y la base operativa del conductor estaban en Alicante, lo que haría incompetentes a los juzgados de Castellón.

Fundamentos jurídicos de la decisión

El Tribunal Supremo basó su decisión en los siguientes criterios:

Regla general del artículo 10.1 LRJS

Un trabajador puede demandar por despido en dos lugares:

·       Donde presta sus servicios,

·       o b) Donde tiene su domicilio la empresa demandada.

Excepción para trabajadores que prestan servicios en varias circunscripciones

·       Si el trabajador presta servicios simultáneamente y de forma estable en distintas jurisdicciones, puede elegir su propio domicilio para presentar la demanda.

·       Los desplazamientos inherentes al trabajo de transporte (como la carga y descarga de mercancías) no implican que se presten servicios permanentes en distintas provincias.

Determinación del centro de trabajo

·       En este caso, la base operativa del conductor estaba en Alicante.

·       No se acreditó la existencia de un centro de trabajo estable en Castellón que justificara la competencia de sus juzgados.

Decisión del Tribunal Supremo: competencia en Alicante

El Tribunal Supremo concluyó que el trabajador no cumplía el requisito de prestación estable en varias circunscripciones, ya que sus desplazamientos eran parte natural de su actividad como conductor.

Por ello, ratificó que la competencia territorial correspondía a los Juzgados de lo Social de Alicante, aplicando la regla general del artículo 10.1 LRJS.

En consecuencia, se desestimó el recurso del trabajador y se confirmó la falta de competencia de los Juzgados de Castellón.

Conclusión: impacto para el sector del transporte

Este fallo deja claro que los conductores y transportistas no pueden elegir libremente el fuero de su domicilio solo por realizar desplazamientos laborales. Para ello, deben demostrar que su prestación de servicios en varias circunscripciones es estable y simultánea, y no simplemente consecuencia de la movilidad propia de su actividad.